Tilman Rodenhauser, Legal Adviser, ICRC

La resolución “Protección de la población civil y de otras personas y bienes protegidos ante el posible costo humano de las actividades relacionadas con las tecnologías de la información y las comunicaciones durante conflictos armados”, adoptada durante la XXXIV Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, constituyó un logro emblemático. Sin embargo, no es más que el primer paso en los esfuerzos del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja por proteger a la población civil de las amenazas digitales y generar consensos entre los Estados sobre los límites que impone el derecho internacional humanitario (DIH) al uso de tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) en contextos de conflicto armado, empeño en el que se enmarca la Iniciativa Mundial sobre DIH.

En la XXXIV Conferencia Internacional, el Movimiento y los Estados adoptaron la primera resolución humanitaria en materia de TIC. Fue un logro emblemático, dada la importancia de las TIC para las personas civiles, en particular en tiempo de conflicto armado, y la creciente amenaza de ciberoperaciones que podrían impedir el funcionamiento de los servicios esenciales para la población. Por primera vez en un proceso multilateral, los Estados, junto con el Movimiento, se comprometieron a “salvaguardar a la población civil y a otras personas y bienes protegidos en situaciones de conflicto armado, en particular contra los riesgos causados por las actividades maliciosas relacionadas con las TIC” (párrafo dispositivo 1) y en particular reiteraron “que, en situaciones de conflicto armado, las normas y los principios del DIH […] sirven para proteger a las poblaciones civiles y a otras personas y bienes protegidos, incluso contra los riesgos que entrañan las actividades relacionadas con las TIC” (párrafo dispositivo 4), y que las instalaciones de salud y las actividades humanitarias se deben respetar y proteger, “en particular en lo que atañe a las actividades relacionadas con las TIC” (párrafos dispositivos 6 y 7).

Si bien este fue apenas un primer paso, es una medida crucial para el respeto del DIH y la protección de las personas civiles en un contexto en que los conflictos armados se digitalizan cada vez más. En estos últimos 12 meses, la resolución ha servido como punto de apoyo para distintos procesos multilaterales y para la labor del Movimiento.

En esos procesos multilaterales, se destacan dos acontecimientos:

  1. En el Grupo de trabajo de composición abierta de las Naciones Unidas sobre las TIC, muchos Estados de todos los continentes han subrayado la importancia de que se haya adoptado esta resolución, y han propuesto incorporar secciones de su texto en el informe final del grupo.
  2. La resolución ha allanado el camino para una línea de trabajo sobre las TIC en la Iniciativa Mundial sobre DIH lanzada en septiembre de 2024 por Brasil, China, Francia, Jordania, Kazajistán y Sudáfrica, junto con el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR). Esa línea de trabajo, que se desarrollará de 2025 a 2026, está coliderada por Ghana, Luxemburgo, México y Suiza, y está abierta a todos los Estados y otras partes interesadas pertinentes que deseen participar. Al igual que la resolución, la línea de trabajo se ocupa de las preocupaciones humanitarias más acuciantes que emanan del uso de las TIC en conflictos armados. También aspira a fomentar un entendimiento común entre los Estados acerca de los límites que impone el DIH a las actividades relacionadas con TIC durante los conflictos armados, con el fin de proteger a la población civil contra los daños causados por esas operaciones.

Además, la resolución anima a los componentes del Movimiento a mantener un diálogo con los Estados, las personas civiles que llevan adelante actividades relacionadas con TIC y las empresas privadas de tecnología sobre derecho internacional humanitario y su aplicación en el entorno de las TIC (párrafos dispositivos 9 y 11). El CICR, por su parte, ha seguido integrando en su accionar los mensajes principales en lo relativo a las limitaciones humanitarias y jurídicas que pesan sobre las operaciones de TIC.

Por último, se han hecho avances significativos hacia un futuro emblema digital. La resolución alienta al CICR a mantener las consultas y la colaboración activa con los Estados y los componentes del Movimiento para “continuar evaluando y esclareciendo el propósito específico y la viabilidad técnica de un emblema digital” (párrafo dispositivo 12). Poco después de la conferencia, las casi 160 empresas de tecnología del Cybersecurity Tech Accord prometieron “apoyar el emblema digital” y colaborar para impulsarlo. Algunos meses más tarde, el Comité Internacional de Medicina Militar también se manifestó a favor del desarrollo de un emblema digital.

En suma, la adopción de esta resolución ha demostrado la capacidad sin par del Movimiento para “contribuir al respeto y al desarrollo del DIH” a la luz de las nuevas tecnologías de guerra, y proporcionó el impulso y el apoyo para seguir trabajando en este ámbito.

ICRC Humanitarian Law & Policy Blog · Hacking humanitarians: operational dialogue and cyberspace

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